La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) establece los Derechos de los Pasajeros y Políticas de Compensación de Aerolíneas derivado de los Decretos por los que se reforman y adicionan diferentes disposiciones de la Ley Federal de Aviación Civil y también de la Ley Federal de Protección al Consumidor, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el día 26 de junio del 2017, donde se indica que las aerolíneas están obligadas a proporcionar un servicio eficiente a todos sus pasajeros.
Es por eso que el día de hoy vamos a conocer algunos lineamientos que se establecieron en este documento para conocer los derechos que tienes como pasajero en caso de que una aerolínea llegue a suspender o cancelar tus vuelos tras la emisión de una alerta roja en el destino que tengas pensado visitar en los próximos días, datos que serán de gran utilidad ante cualquier eventualidad que suceda en tu viaje.
Te podría interesar
¿Cuáles son las políticas de compensación por cancelación de vuelos?
Existen varias políticas de compensación en las diferentes aerolíneas que operan a lo largo de la República Mexicana y dependiendo de cada una de ellas será la recompensa o indemnización ya sea por retrasos o demoras en tus servicios aéreos e inclusive la página web oficial de la Profeco cuenta con un sistema donde puedes consultar estos datos, según la empresa donde compraste tus tickets aéreos.
Las causas o razones del retraso o demora del vuelo deberán ser notificadas a los usuarios a través de medios electrónicos, físicos o de forma personal en el área de abordaje o en los módulos de información y atención al pasajero. Si el retraso o demora es atribuible a la línea donde viajas, esta deberá compensarte como mínimo, de acuerdo con lo siguiente:
Te podría interesar
- Superior a 1 e inferior a 4 horas: Proporcionar como mínimo descuentos para vuelos posteriores hacia el mismo destino y alimentos o bebidas.
- Mayor a 2 pero menor a 4 horas: En caso de descuentos, el mismo no debe ser menor al 7.5% del precio del boleto.
Demora mayor a 4 horas o cancelación
- Si la aerolínea es responsable, el pasajero tiene opción de reintegro del precio del boleto o la parte no realizada del viaje, más una indemnización no inferior al 25% del precio del boleto de la parte no realizada del viaje.
- También tiene derecho a recibir transporte sustituto en el primer vuelo disponible, alimentos y en su caso, alojamiento y transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto.
- A transporte en fechas posteriores al mismo destino y una indemnización no inferior al 25% del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje.
Es importante aclarar que el pago de las indemnizaciones deberá hacerse en un periodo máximo de 10 días naturales posteriores a la reclamación, excepto alimentos, bebidas y hospedaje, los cuales deberán cubrirse cuando ocurra el retraso, demora o cancelación de sus vuelos.