VISAS EN MÉXICO

¡Ojo! Esta es la nueva visa que México exige para estos viajeros

Para todos los viajeros extranjeros que piensen en visitar el país, aquí les dejamos todo sobre la nueva visa de visitante

Nuevo visado de visitante.Conoce el nuevo visado para transito aeropuertario Créditos: Brett Sayles
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Si piensas visitar México en los próximos días, toma nota, pues el gobierno del país ha informado que determinados viajeros extranjeros que pasen por sus aeropuertos tendrán que presentar una “visa de visitante” como requisito para que no tengan ningún inconveniente. Dicha medida comenzará a aplicarse a partir del 22 de octubre de este año. Por lo que aquí te damos toda la información que necesitas si eres de los que vendrá a México vía aérea a partir de finales de octubre. 

¿Qué es la visa de visitante?

El Consulado de México ha informado que todas aquellas personas extranjeras de nacionalidades que requieran visa y pasen en tránsito por los aeropuertos de México, deberán contar con la visa de visitante, un documento que no les permitirá realizar actividades remuneradas sin importar el tiempo que dure su tránsito aeroportuario. 

Este trámite de acuerdo al Gobierno de México “permitirá a los extranjeros viajar a México y presentarse en los lugares autorizados al tránsito internacional de personas” así como permanecer en el país por hasta 180 días. Es decir, la visa de visitante permitirá que los extranjeros disfruten las hermosas playas mexicanas, visiten familiares y amigos, participen en actividades recreativas, de estudios o idiomas, incluso asistir a conferencias o reuniones de negocios, pero no realizar actividades que impliquen alguna remuneración. Cabe mencionar que el costo para realizar este trámite es de 51 dólares por persona. 

¿Qué nacionalidades no necesitan la visa de visitante?

El Consulado de México ha informado a través de sus redes sociales que existen dos tipos de personas que no necesitarán cumplir con este requisito para transitar por los aeropuertos mexicanos, estas son: 

1.    Personas con residencia permanente en Canadá, Estados Unidos, Japón, Reino Unido y cualquiera de los países que integran el Espacio Schengan, así como los países que integran la Alianza del Pacífico. 
2.    Personas con una visa válida y vigente para Canadá, Estados Unidos, Japón, Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte o de cualquiera de los países que integran el Espacio Schengen.