DÍAS FESTIVOS

¿Habrá puente este 15 de septiembre para las Fiestas Patrias 2023? Esto dice la SEP

Pronto comenzarán las fiestas patrias, por lo que muchos mexicanos se preguntan si este 15 de setiembre habrá puente para celebrar el Grito de Independencia.

Fiestas Patrias.Con base a lo señalado por la Ley Federal del Trabajo, el día de descanso oficial es el próximo 16 de septiembre.Créditos: Pexels (Dusty Rainbows)
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Se acercan las fiestas patrias, pues faltan muy pocos días para que septiembre comiencen, y se den inicio las fiestas conmemorativas por el inicio de la Independencia de México. Por ello, muchos mexicanos se preguntan si este 15 de septiembre de 2023 habrá puente, ya que es fecha festiva. 

Por el momento, el calendario escolar se mantiene sin modificaciones sobre las fechas ya establecidas, puentes y días festivos que se van a celebrar durante todo el año escolar, y se tiene esperado que el primer puente sea el Día del Grito de la Independencia. Esto es lo que dice la Secretaría de Educación Pública (SEP).

¿Habrá puente este 15 de septiembre para las Fiestas Patrias de 2023?

Con base a lo señalado con el calendario escolar, el 15 de septiembre cae en viernes, y aunque se aproxima al fin de semana, la SEP ha decidido que las clases transcurrían de manera normal durante ese día, por lo que no habrá puente para estas fiestas patrias. 

Calendario escolar 2023-24. Créditos: Gobierno de México.

Por otro lado, con base a lo establecido en la Ley Federal del Trabajo en el Artículo 74 el 16 de septiembre es descanso obligatorio para todos los trabajadores, sin embargo, cae en sábado, por lo que sólo aquellos que trabajan en fin de semana gozarán de este descanso oficial.

¿Cuánto me deben pagar si trabajo en durante un día festivo?

Con base a lo señalado en el Artículo 75 de la misma ley, se señala que los trabajadores solicitados a trabajar durante días festivos se les debe de pagar el doble, para cubrir ese día de descanso obligatorio y haber prestado sus servicios. Por lo que, si ya se te notificó que vas a trabajar ese día, toma en cuenta que tu patrón te debe de pagar el doble de tu salario.

“Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado” así se lee en el Artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo.