Luego de un decreto presidencial se anunció que se reduciría la edad mínima para jubilarse por parte de trabajadores del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, lo que involucra a empleados que se encuentran bajo el régimen conocido como décimo transitorio.
Las nuevas medidas para jubilarse en el ISSSTE señalan que la edad mínima para empleados hombres que buscan jubilados será de al menos 58 años, mientras que para mujeres será de al menos el 56 años de edad, siempre y cuando acrediten 30 y 28 años laborados respectivamente, además de aplicar únicamente a aquellos que no tomaron la opción de acreditación de bonos de pensión del instituto.
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De acuerdo a la información existente se afirma que luego de este ajuste a reducir la edad para jubilarse en el ISSSTE, autoridades afirman que año con año se irá reduciendo se irá reduciendo este requisito, incluso asegúrate para el año 2034 prevén de la edad de jubilación por hombres sea a los 55 años, mientras que todas las mujeres sea de 53 años.
¿Cuándo entra en vigo la reducción de edad para jubilarse en el ISSSTE ?
La información oficial señala que el decreto oficial fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, por lo que la disminución de la edad solicitada para comenzar con el proceso de jubilación entrará en vigor a partir del 1 de hoy 30 de diciembre de 2025.
Si eres trabajar de este instituto debes tener en cuenta que esto aplica para aquellos que se encuentran bajo el régimen décimo transitorio y quienes no hayan optado por el sistema de acreditación de bonos de pensión del instituto, además, por supuesto de cumplir con otros requerimientos señalados en el reglamento de pensiones del ISSSTE.
Requisitos generales para solicitar la jubilación en el ISSSTE
Ten en mente que existe un proceso específico para aquellos que buscan jubilarse al cumplir con los requisitos que te dejamos a continuación.
- Edad mínima de 58 años para hombres y 56 para mujeres con al menos 25 años de cotización aunque 30 años dan 100% de pensión.
- Estar registrado en una afore y tener saldo en la cuenta individual.
- Estar inscrito al régimen décimo transitorio.
- No haber optado por la acreditación de bonos de pensión del ISSSTE.
- Debes presentar identificación oficial vigente.
- Estado de cuenta o contrato bancario con CLABE.
- Documento de derecho de pensión emitido por la dependencia.
- Comprobante de domicilio