De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), el próximo 2 de febrero será un día de descanso obligatorio en México debido a la conmemoración de la promulgación de la Constitución Mexicana (5 de febrero).
Los trabajadores que se encuentran bajo una relación laboral subordinada tendrán que descansar durante este día. En caso de laborar, el artículo 75 de la LFT indica que las personas tienen derecho a recibir un salario doble por el servicio prestado, independiente del que les corresponde diariamente.
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Por lo tanto, los trabajadores deberán recibir un salario triple al terminar la jornada laboral. Cabe resaltar que, en caso de que el día de descanso obligatorio sea en domingo, los empleadores tienen la obligación de cubrir el pago de una prima dominical a los empleados que ofrezcan sus servicios y dicho monto deberá ser de al menos el 25% del salario diario.
¿Qué hacer si no pagan extra un día de descanso obligatorio?
El incumplimiento de la LFT podría derivar en sanciones administrativas para el patrón. Las personas trabajadoras que no reciban el pago podrán recibir orientación o presentar una queja ante las autoridades laborales o centros de conciliación locales.
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En la Ciudad de México, los trabajadores podrán acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) para recibir orientación gratuita y posteriormente realizar una queja formal.
En el resto de la República Méxicana, los trabajadores pueden acudir al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, así como comunicarse a los teléfonos oficiales de atención laboral de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Cabe resaltar que todos estos servicios se otorgan de manera gratuita a los ciudadanos.
¿Cuáles son los días de descanso obligatorio en México?
Dentro de la Ley Federal del Trabajo (LFT) se estableció que los días de descanso obligatorio se tratan de fechas festivas en las que los trabajadores no tienen obligación de prestar servicios.
Entre los días establecidos para el 2026 se encuentran los siguientes:
- lunes 16 de marzo de 2026 (21 de marzo natalicio de Benito Juárez)
- viernes 1 de mayo de 2026 ( Día del Trabajo)
- miércoles 16 de septiembre ( Independencia de México)
- lunes 16 de noviembre (20 de noviembre Aniversario de la Revolución Mexicana)
- viernes 25 de diciembre (Día de Navidad)