Junio está por comenzar, y una de las preguntas que suelen surgir es: ¿cuáles son los días de descanso en este mes? La respuesta puede variar dependiendo de tu situación. Si tienes niños, el calendario para estudiantes de educación básica es distinto al de los trabajadores, según la Ley Federal del Trabajo y el calendario oficial de la Secretaría de Educación Pública.
Aunque junio no suele incluir días de descanso obligatorio, este año hay dos fechas importantes a considerar. El 2 de junio es día de elecciones a nivel nacional, y se considera día de descanso obligatorio. Además, para los estudiantes de preescolar, primaria y secundaria, el 28 de junio será día de descanso debido al Consejo Técnico Escolar, al ser el último viernes del mes, excelente ocasión para organizar una ESCAPADA de fin de semana.
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¿Cómo se paga el 2 de junio?
Este año, como ocurre cada seis años en México, es temporada de elecciones presidenciales. Además de elegir al presidente, durante el proceso electoral se elegirán cargos federales y locales, como senadores, diputados, jefes de gobierno y miembros de congresos locales. Por esta razón, el domingo 2 de junio se considera día de asueto obligatorio, permitiendo que las personas que trabajan los domingos puedan ejercer su derecho al voto.
En cuanto a las personas que deban trabajar ese día, están amparadas por el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo. Este artículo establece que, en caso de trabajar en un día festivo, deben recibir, además del salario correspondiente a ese día, una suma adicional equivalente al doble de su salario diario; es decir, lo equivalente a tres salarios diarios.
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Adicionalmente, dado que las elecciones se celebran en domingo para facilitar la participación de más personas, el artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo establece que quienes trabajen los domingos deben recibir, como mínimo, un 25% adicional sobre su salario base por cada domingo trabajado, conocido como prima dominical. Esta disposición no varía si los trabajadores tienen su día de descanso en otro día de la semana.
Finalmente, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, si el trabajador no tiene descanso el día 2 de junio, independientemente de la compensación que debe recibir según lo mencionado anteriormente, se le debe otorgar el tiempo necesario para ejercer su derecho a participar en la jornada electoral.