Si ya está todo listo para emprender tus vacaciones de verano a una paradisiaca playa, o quizá para conocer algún destino internacional; cualquiera de las opciones que tengas para pasar unos días fuera de la rutina y tu ciudad de residencia, y si vas a viajar en avión, tal vez no ha pasado por tu mente que pudiera ocurrir algún imprevisto que arruine momentáneamente este viaje, y nos referimos a que una vez que aterrices y vayas por tu maleta documentada a la banda de entrega, notes que ésta sufrió algún daño que vaya más allá de un simple raspón.
Mientras que el equipaje de mano va en todo momento bajo tu resguardo y en lo posible cuidas que no se maltrate en los compartimentos superiores de la cabina de pasajeros, no ocurre así con lo que documentas, pues una vez que lo dejas en el mostrador, desconoces qué manejo le dará el personal de la aerolínea durante el embarque o al bajarlas del avión, y podrías llevarte la mala sorpresa de que éste fue averiado, si te ocurre una situación así, ¿sabes que la aerolínea debe resarcir ese daño?
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¿Qué pasa si la aerolínea entrega tu maleta dañada al término del vuelo?
De acuerdo a los Artículos 60 y 61 de la Ley de Aviación Civil, la empresa es responsable por daño y averías que pudieran sufrir tus maletas, tanto las del equipaje de mano como las que van documentadas en la zona de carga, desde el momento en que recibes el ticket o comprobante en el mostrador, con el cual al final del vuelo lo puedes reclamar, salvo que por una indicación de las autoridades el equipaje deba ser retirado.
En el Artículo 62 de la Ley de Aviación Civil especifica que la indemnización por avería o destrucción del equipaje de mano puede ser de hasta 80 Unidades de Medida y Actualización (UMA), que para este 2023 está en 103.74, de acuerdo al portal del INEGI, lo que equivale a cerca de 8 mil 300 pesos; mientras que si se tratase del equipaje documentado, es de 150 UMAs, es decir, a 15 mil 561 pesos.
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La misma Ley de Aviación Civil, en su Artículo 66 especifica que las quejas por pérdida o daño al equipaje se tendrá que hacer ante "el concesionario o permisionario", o sea a la aerolínea en un lapso de 15 días, a partir de que debió ser la fecha de entrega de la maleta, y que el pago de indemnización de debe hacer en los 90 días posteriores al que se debió obtener el equipaje, ya que el proceso prescribirá en un año.