Si acabas de cumplir el año en tu empresa, y ya necesitas vacaciones, pero no sabes cuántos días te corresponden, debes de saber que el órgano encargado de regular los derechos y prestaciones laborales para los trabajadores es la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Las personas que se encuentran en una relación laboral tienen derecho a acceder a ciertas prestaciones de ley, de acuerdo con ciertas modalidades de trabajo, sin embargo, todos tienen el derecho de contar con días de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo, te contamos cuántos días te tocan al cumplir el año en tu empresa.
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¿Cuántos días de vacaciones me corresponden al año?
Las vacaciones son uno de los momentos del año más esperado del año para todo trabajador/ra, pues después de exhaustivas jornadas laborales se necesita un corto descanso para olvidarte de los problemas, de la rutina laboral, liberar el estrés y comenzar con todo.
De acuerdo con el Artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo, las personas que pueden solicitar vacaciones pagadas a su empresa son aquellas que hayan cumplido con un año de prestación de servicios, y tendrán derecho a solicitar 12 días de descanso laboral.
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Con base a lo señalado por este artículo de la LFT, los días de descanso aumentarán a dos días por cada año cumplido en la empresa hasta los 20 años de relación laboral. A partir del sexto año de servicios aumentará cada 5 años los dos días de vacaciones pagadas.
Una vez cumplido el año de servicios, los empleadores tendrán hasta seis meses después de haber cumplido el primer año para brindarte este derecho como trabajador. Por otro lado, a los trabajadores deben ser garantizados su salario ordinario durante este periodo vacacional, y adicionalmente se le debe de cubrir con una prima vacacional equivalente a un 25% sobre el salario.
¿Qué hacer en caso de que no se te otorgan?
Si tu patrón no te concede vacaciones, una vez cumplido el año tienes el derecho de exigir el pago de las vacaciones y la prima vacacional; y en caso de que la relación laboral ya haya terminado, se te debe ser remunerado las vacaciones y la prima vacaciones, de acuerdo al tiempo trabajado, según lo señalado por este documento de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo.